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Becas de Régimen General
Beca de caracter general del Ministerio (GRAL)
Si cumples los requisitos económicos establecidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, puedes obtener la beca general del Ministerio.
Esta beca supone la exención del pago de los créditos matriculados por primera vez y, en determinados casos, también se complementa con otras ayudas o cuantías adicionales a la beca de matrícula. En caso de beca concedida, la FGS del Hospital de la Santa Cruz y San Pablo asume, en el importa de los créditos matriculados por primera vez, la parte de los precios públicos que el Ministerio no bonifica.
¿Cómo puedo matricularme con la condición provisional de becario/a o becario/a condicional?
Para realizar la matrícula con la condición provisional de becario / a (sin el pago previo del precio público de los créditos matriculados por primera vez) debe disponer de:
- La credencial de haber sido becario / a de la beca de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional (GRAL) para estudios postobligatorios el curso académico inmediatamente anterior.
O bien,
- La acreditación de carácter económico (procedimiento MATRC) que expide la AGAUR (solicitar a través del portal Trámites de la Generalidad de Cataluña o desde la página web de la AGAUR)
Ésta acreditación, debe solicitar antes de matricularse y debe disponer de la enmendada acreditación económica (en sentido positivo) en el momento de formalizar la matrícula. (Este trámite se realiza junto con la solicitud de la beca Equidad)
Recuerde que la acreditación de carácter económico (MATRC) no es ninguna beca.
¿Cómo he de realizar la solicitud de esta beca?
La beca de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional (GRAL) la debe solicitar mediante el formulario accesible por vía telemática a través del botón "Acceso al Servicio online".
El plazo de presentación de las solicitudes será el que establezca la convocatoria.
Requisitos para solicitar la beca
- General
- Ser español o poseer la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea.
- En el caso de ciudadanos comunitarios o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. Estos requisitos no serán exigibles para la obtención de la beca de matrícula. En el caso de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- Los requisitos mencionados deberán reunir a 31 de diciembre de 2018.
- Académicos
- Habrá matricularse de un mínimo de créditos para todos los cursos.
- A partir del segundo curso, también se tendrá en cuenta el porcentaje de créditos superados el curso anterior.
- Se tendrá en cuenta la nota media del expediente.
- Económicos
- Deberá no superar los umbrales de renta y patrimonio establecidos en la convocatoria.
- Otros requisitos
- Además de los requisitos anteriores para optar a determinados componentes de beca, deberá reunir otras condiciones que se deberán acreditar por el estudiante.
Acreditación de carácter económico
Por último, recordar que esta acreditación no sustituye el procedimiento de solicitud de la Beca de carácter general del Ministerio de Educación, por tanto es imprescindible que aunque se obtenga la acreditación favorable, el estudiant debe solicitar la beca cuando este abierta la convocatoria.
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Información de interés
Cristina Baciero