Información Bonificaciones
Documentación en caso de bonificación:
Tipo de bonificación | Documentación Acreditativa |
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Beca del régimen general para estudiantes universitarios | Para poder gozar provisionalmente de la condición de becario o becaria condicional al matricularte y no abonar cautelarmente los precios fijados en el Decreto de precios, es necesario haber tramitado la solicitud de beca de Régimen General para el curso 2025/2026 y cumplir los requisitos académicos establecidos en la convocatoria. En septiembre tendrás que entrar nuevamente en el formulario de solicitud para actualizar los datos indicando la titulación (Enfermería) y universidad (UAB) y centro (EUI-Sant Pau) en que te has matriculado.
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Familia numerosa de categoría general o especial | Original y copia del título de Familia Numerosa / carnet vigente donde consten la categoría, el número de miembros, fecha de expedición y fecha de vigencia del título de familia numerosa. |
Matrícula de honor de bachillerato o CFGS | Certificado de notas donde conste la Matrícula de Honor Bachillerato 7 DFGS y libro de escolaridad Certificado acreditativo de matrícula de honor o premio extraordinario obtenido en el CFGS. |
Alumnado con discapacidad (con un grado igual o superior al 33%) | El alumnado deberá presentar el original y copia del título o certificado de reconocimiento de discapacidad expedido o validado por el Departament de Treball, Afers Socials i Famílies, resolución o certificado expedido por el INSS u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente o cualquier otro que establezca el artículo 2 del Real Decreto 1414/2006. |
Víctimas de actos terroristas (y también sus hijos y cónyuges) | Resolución administrativa que acredite su circunstancia. En el caso del/de la cónyuge y los hijos o hijas, debe adjuntarse también el libro de familia. |
Víctimas de violencia machista en el ámbito de la pareja (y también sus hijos dependientes) | Libro de familia en el caso de los hijos dependientes de hasta 21 años o certificado de convivencia de la unidad familiar en caso de hijos mayores de 21 años. Uno de los siguientes documentos acreditativos: sentencia condenatoria, orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, informe del Ministerio Fiscal, informe de la Inspección del Trabajo y Seguridad Social, o informe o certificado que acrediten que la persona solicitante está siendo atendida como víctima de violencia de género, emitido por algunos de los servicios siguientes, de Servicios Sociales y Machista de la dirección General de Familias del Departamento de Trabajo, Asuntos sociales y Familias, Servicios de Intervención Especializada (SIE), Servicio de Información y Atención a las Mujeres (SIAD), Oficina de Atención a la Víctima del Delito, recurso público de acogida, entidad subvencionada por una Administración pública concreta para la atención a la Administración pública. (consulte el detalle) |